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Orden APA/284/2026, de 18 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida «Jumilla».

Orden
42 articles BOE
seccion:otras_disposicionesepigrafe:denominaciones_de_origenagriculturacultura
articulo #único Aprobación de los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jumilla. Se aprueban los Estatutos de la Corporación de derecho público Consejo Regulador de la Denominación de Origen… disposicion #derogatoria_única Derogación de Orden APM/839/2017, de 28 de agosto. Se deroga la Orden APM/839/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la… disposicion #final_primera Título competencial. Esta orden se dicta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.e) de la Ley 6/2015 de 12 de mayo, de Denominaciones… disposicion #final_segunda Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid,…

CAPÍTULO I

anexo #UNICO Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jumilla Del Consejo Regulador. Fines,… articulo #1 Personalidad Jurídica. 1. La entidad de gestión denominada «Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jumilla», se constituye… articulo #2 De su ámbito de actuación. El ámbito de competencia del Consejo Regulador está determinado: a) En lo territorial: por la zona geográfica de la… articulo #3 Fines. La finalidad principal del Consejo Regulador es la gestión y defensa de la DOP. Jumilla, a través de sus órganos de… articulo #4 De sus funciones. 1. Corresponden al Consejo Regulador, opcionalmente, desempeñar las tareas contempladas en el artículo 33.3 del…

CAPÍTULO II

articulo #5 Obligaciones. 1. Las obligaciones del Consejo Regulador como entidad de gestión serán las contempladas en el artículo 25.3 de la… articulo #6 Composición del Consejo Regulador. El Consejo Regulador estará formado por el Pleno del Consejo Regulador, su Presidente, su Vicepresidente, la Comisión… articulo #7 El Pleno. 1. Es el máximo órgano de gobierno, siendo responsable de establecer las líneas de trabajo de la DOP Jumilla. Es el… articulo #8 Funciones del Pleno del Consejo Regulador. Son funciones del Pleno del Consejo Regulador: 1. Regir y gestionar la actividad del Consejo Regulador de la DOP… articulo #9 Régimen de funcionamiento del Pleno. 1. Todos los miembros del Pleno tienen los siguientes derechos: a) Recibir, con una antelación mínima de cuatro días,… articulo #10 La Comisión Permanente. 1. El Pleno podrá constituir una Comisión Permanente, que estará formada por el Presidente, el Secretario y el número… articulo #11 Comisiones y grupos de trabajo. El Pleno podrá acordar la creación en su seno de las comisiones asesoras y los grupos de trabajo que estime oportuno.… articulo #12 El Presidente. 1. Las funciones del Presidente serán las siguientes: a) Ostentar la representación legal e institucional del Consejo… articulo #13 El Vicepresidente. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en sus funciones en los casos contemplados en el artículo 12.2 o por… articulo #14 Secretario del Consejo Regulador. El Consejo Regulador tendrá un Secretario, designado por el Pleno, del que dependerá directamente. Corresponden al… articulo #15 De los vocales. Los titulares y suplentes de las vocalías serán elegidos por y entre las personas, físicas o jurídicas, inscritas en… articulo #16 Sistema Electoral. El Pleno del Consejo Regulador convocará elecciones en los plazos establecidos y lo comunicará al Ministerio de… articulo #17 Estructura de Control del organismo delegado. 1. Cuando se le hayan delegado al Consejo Regulador las tareas de control oficial éste tendrá la consideración de… articulo #18 El Comité de Partes. 1. El Comité de Partes es el órgano encargado de velar por el buen funcionamiento el sistema de control, con la… articulo #19 Servicios del Consejo Regulador. 1. Los Servicios del Consejo Regulador se estructuran en el área de Administración y Promoción, bajo la dirección y la…

CAPÍTULO III

articulo #20 Personal del Consejo Regulador. 1. El Consejo Regulador contratará, en régimen laboral, el personal necesario para el cumplimiento de su… articulo #21 Derechos de los operadores. Para poder utilizar el nombre de la DOP Jumilla en publicidad, documentación o etiquetado será requisito indispensable…

CAPÍTULO IV

articulo #22 Obligaciones de los operadores. Según lo dispuesto en la Ley 6/2015, de 12 de mayo, las personas naturales o jurídicas pertenecientes al Consejo… articulo #23 De la inscripción. Todas las personas físicas o jurídicas que quieran ser operadores de la DOP Jumilla, titulares de viñedos y bodegas,… articulo #24 Requisitos de la inscripción. Las peticiones de inscripción se dirigirán al Consejo Regulador acompañadas por los datos, documentos y comprobantes…

CAPÍTULO V

articulo #25 Organización de los registros de la DOP e inscripción en ellos. A. Registro de viñas. 1. En el Registro de viñas podrán inscribirse todas aquéllas, situadas en la zona de…

CAPÍTULO VI

articulo #26 Del régimen de control. 1. Cuando se le hayan delegado las tareas de control oficial al Consejo Regulador de la DOP Jumilla, éste será el…

CAPÍTULO VII

articulo #27 De la financiación. Para el cumplimiento de sus fines el Consejo Regulador contará con los siguientes recursos: A. Cuotas y tarifas por la… articulo #28 Normas generales. Las personas físicas o jurídicas inscritas en el Consejo Regulador de la DOP Jumilla están sujetas a la… articulo #29 Faltas disciplinarias. Las faltas disciplinarias susceptibles de ser sancionadas se clasifican en leves, graves y muy graves. articulo #30 Faltas disciplinarias leves. Se consideran faltas disciplinarias leves: 1. El retraso en el pago de las cuotas y tarifas establecidas para la… articulo #31 Faltas disciplinarias graves. Se consideran faltas disciplinarias graves: 1. El incumplimiento de los deberes de pago de las cuotas y tarifas… articulo #32 Faltas graves cometidas por los miembros del Pleno. Las faltas graves cometidas por los miembros del Pleno que puedan llevar aparejada sanción disciplinaria, son las… articulo #33 Faltas disciplinarias muy graves. Tienen la consideración de faltas disciplinarias muy graves: 1. Las actuaciones culpables o negligentes que causen… articulo #34 Sanciones disciplinarias. 1. Por razón de las faltas disciplinarias previstas en los artículos anteriores podrán imponerse las siguientes… articulo #35 Procedimiento disciplinario. 1. Para la adopción de las sanciones señaladas en los artículos anteriores, se tramitará un expediente disciplinario… articulo #36 Prescripción. 1. Las faltas prescriben: a) Las leves: A los 6 meses. b) Las graves: Al año. c) Las muy graves: A los 2… articulo #37 Disposiciones de desarrollo. El Consejo Regulador podrá establecer disposiciones de desarrollo de los presentes estatutos. subir Contactar Sobre la…

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