Sección de anexo #segundo — Anulación y baja en la contabilidad de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de los derechos declarados prescritos
> Apartado segundo
[1] Se procederá a la anotación de terminación y archivo definitivo de actuaciones, con la consiguiente anulación y baja en las cuentas de la Mutualidad de la dotación del deterioro por los derechos de cobro impagados previstos en el punto Primero y relacionadas en el anexo único de la presente resolución. A tales efectos, el Servicio de Contabilidad, dependiente de este Organismo, ejecutará las actuaciones oportunas para proceder a su baja. Disposición final. Entrada en vigor. La presente resolución será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 19 de enero de 2026.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.