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Disposición #adicional_tercera

Decreto-ley 12/2020, de 19 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la reactivación de la actividad económica y social en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el proceso hacia la "Nueva Normalidad".

Decreto-ley 12/2020, de 19 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la reactivación de la actividad económica y social en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el proceso hacia la "Nueva Normalidad". > CAPÍTULO V > Disposición adicional_tercera

Disposición adicional tercera. Régimen sancionador por incumplimiento de las medidas preventivas adoptadas en relación con la crisis sanitaria ocasionada con el COVID-19.

El incumplimiento de las medidas preventivas u obligaciones en materia de salud e higiene relacionadas con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 que se establecieren al amparo de los acuerdos o resoluciones adoptados por las autoridades competentes, serán sancionados de acuerdo con la legislación que resultare de aplicación, conforme a la tipificación establecida en la misma y de acuerdo con sus normas competenciales.

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