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Disposición #transitoria_quinta

Ley 19/1989, de 25 de julio, de reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea (CEE) en materia de Sociedades.

Ley 19/1989, de 25 de julio, de reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea (CEE) en materia de Sociedades. > Disposición transitoria_quinta

Disposición transitoria quinta.

1. (Derogado)

2. Para adaptar las escrituras de las sociedades de responsabilidad limitada será suficiente con que vote a favor de la adaptación la mitad del capital social, cualquiera que sea el régimen de constitución y proporción de socios y de capital exigida por la escritura social.

Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria.3 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-1989-30361.

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