Artículo #9 — Grupos funcionales
Resolución de 26 de enero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial de prórroga y modificación del Convenio colectivo intercentros de Navantia, SA, S.M.E.
Resolución de 26 de enero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial de prórroga y modificación del Convenio colectivo intercentros de Navantia, SA, S.M.E. > Artículo 9
[1] Todos los trabajadores afectados por este convenio estarán incluidos en uno de los siguientes grupos funcionales: I. Grupo Funcional de Técnicos Superiores. Es el personal con alto grado de cualificación, adquirido por titulaciones superiores y medias o reconocidos por la empresa por su experiencia y aptitudes equivalentes, que pueden ejercer altos niveles de responsabilidad y de dirección, además de realizar tareas de elevada cualificación y complejidad. II. Grupo Funcional de Técnicos Titulados. Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas técnicas, propias de Oficinas Técnicas, o bien administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio presupuestarias, planificación y realización de cálculos y procesos de índole técnica asociados a su ámbito de actividad, informatizadas o no, que permiten informar de la gestión, de la actividad económico-contable, así como preparar y coordinar labores productivas o realizar tareas auxiliares que comporten atención a las personas. A su vez pueden ejercer labores de dirección y/o mando, apoyo técnico y de gestión de los procesos. También quedan incluidos aquellas personas trabajadoras que además de ejecución de operaciones relacionadas con la producción, ejerzan mando directo sobre el personal de plantilla. III. Grupo Funcional de personal de Oficina y Operarios. Personal de Oficina: Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas técnicas, propias de Oficinas Técnicas, o bien administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio presupuestarias, planificación y realización de cálculos y procesos de índole técnica asociados a su ámbito de actividad, informatizadas o no, que permiten informar de la gestión, de la actividad económico-contable, así como preparar y coordinar labores productivas o realizar tareas auxiliares que comporten atención a las personas. A su vez pueden ejercer labores de dirección y/o mando, apoyo técnico, gestión de los procesos, etc. También quedan incluidos aquellas personas trabajadoras que además de ejecución de operaciones relacionadas con la producción, ejerzan mando directo sobre personal de plantilla. Operarios: Son quienes, por conocimientos y experiencia, ejecutan operaciones relacionadas con la producción, directamente actuando en el proceso productivo o indirectamente en labores de mantenimiento, transporte u otras operaciones auxiliares, sin perjuicio de que puedan realizar a su vez tareas de mando o coordinación, en mayor o menor grado, así como funciones de carácter técnico relacionadas con la supervisión de los trabajos en curso.