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Disposición #adicional_décima — Directrices para el uso más seguro de los activos digitales no fungibles, las cajas botín o las mecánicas de monetización de la participación de los usuarios en videojuegos

Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. > TÍTULO VII > Disposición adicional_décima

Disposición adicional décima. Directrices para el uso más seguro de los activos digitales no fungibles, las cajas botín o las mecánicas de monetización de la participación de los usuarios en videojuegos.

El Gobierno elaborará una serie de directrices para garantizar el uso más seguro de los activos digitales no fungibles, las cajas botín o las mecánicas de monetización de la participación de los usuarios de videojuegos.

Estas directrices, en cuya elaboración deberá contarse con todas las autoridades afectadas y con la participación del sector de juego de ámbito estatal y de los videojuegos, incluirán, al menos:

– El régimen de las comunicaciones comerciales de estos productos.

– La necesaria información al consumidor en relación con los riesgos de su uso y abuso.

– Las medidas de seguridad necesarias para el correcto almacenamiento.

Se añade por el art. único.6 de la Ley 23/2022, de 2 de noviembre de 2022. Ref. BOE-A-2022-18037#au

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