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Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

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preambulo #preambulo Preámbulo. JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA A todos los que la presente vieren y entendieren Sabed: Que las Cortes Generales han… preambulo #preambulo Preámbulo. PREÁMBULO I Desde la despenalización del juego en el Real Decreto Ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se…

TÍTULO I

articulo #1 Objeto. El objeto de esta Ley es la regulación de la actividad de juego, en sus distintas modalidades, que se desarrolle con… articulo #2 Ámbito de aplicación. 1. Dentro del objeto definido en el artículo anterior, se incluyen en el ámbito de aplicación de esta Ley las… articulo #3 Definiciones. A efectos de esta Ley, los términos que en ella se emplean tendrán el sentido que se establece en el presente… articulo #4 Loterías. 1. Las loterías de ámbito estatal quedarán reservadas a los operadores designados por la Ley. 2. Corresponde al…

TÍTULO II

articulo #5 Regulación de los juegos. 1. El Ministerio de Economía y Hacienda establecerá, por Orden Ministerial, la reglamentación básica para el… articulo #6 Prohibiciones objetivas y subjetivas. 1. Queda prohibida toda actividad relacionada con la organización, explotación y desarrollo de los juegos objeto de… articulo #7 Publicidad, patrocinio y promoción de las actividades de juego. 1. De conformidad con la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, queda prohibida la publicidad,… articulo #7 bis Principios generales para la publicidad, promoción y patrocinio de las actividades de juego. 1. Las comunicaciones comerciales de los operadores de juego se harán con sentido de la responsabilidad social, sin… articulo #8 La protección de los consumidores y políticas de juego responsable. 1. Las políticas de juego responsable suponen que el ejercicio de las actividades de juego se abordará desde una…

TÍTULO III

articulo #9 Sometimiento de la actividad del juego a la previa obtención de título habilitante. 1. El ejercicio de las actividades no reservadas que son objeto de esta Ley queda sometido a la previa obtención del… articulo #10 Licencias generales. 1. Los interesados en desarrollar actividades de juego no ocasional deberán obtener, con carácter previo al… articulo #11 Licencias singulares. 1. La explotación de cada uno de los tipos de juego incluidos en el ámbito de cada licencia general requerirá el… articulo #12 Autorizaciones para la celebración de juegos de carácter ocasional. 1. La celebración de cualesquiera actividades de juego objeto de esta Ley que tenga carácter ocasional o esporádico…

TÍTULO IV

CAPÍTULO I

articulo #13 Los operadores. 1. La organización y explotación de las actividades objeto de esta Ley podrá ser, según cada caso, efectuada por… articulo #14 Garantías exigibles a los operadores. 1. Los operadores que obtengan una licencia general deberán constituir una garantía en los términos, modalidades y…

CAPÍTULO II

articulo #15 Derechos y obligaciones de los participantes en los juegos. 1. Los participantes en los juegos tienen los siguientes derechos: a) A obtener información clara y veraz sobre las…

CAPÍTULO III

articulo #16 Homologación de los sistemas técnicos de juego. 1. Las entidades que lleven a cabo la organización, explotación y desarrollo de juegos regulados en esta Ley… articulo #17 Requisitos de los sistemas técnicos. 1. El sistema técnico para la organización, explotación y desarrollo de los juegos por medios electrónicos,… articulo #18 Unidad Central de Juegos. 1. Los operadores habilitados para la organización, explotación y desarrollo de los juegos de carácter permanente…

TÍTULO V

CAPÍTULO I

articulo #19 Competencias del Ministerio de Economía y Hacienda. Corresponderán al titular del Ministerio de Economía y Hacienda las siguientes competencias: 1. Establecer la…

CAPÍTULO II

articulo #20 Objeto y naturaleza jurídica. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria j) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940. articulo #21 Funciones. Son funciones de la Comisión Nacional del Juego, las siguientes: 1. Desarrollar la regulación básica de los juegos… articulo #22 Los Registros del sector del juego. 1. La Comisión Nacional del Juego constituirá, bajo su dependencia y control, los siguientes Registros de ámbito… articulo #23 Competencia regulatoria. 1. La Comisión Nacional del Juego podrá dictar aquellas disposiciones que exijan el desarrollo y ejecución de las… articulo #24 Inspección y Control. 1. Al objeto de garantizar lo dispuesto en esta Ley y en las disposiciones que la complementen, corresponderá a la… articulo #25 Arbitraje de la Comisión Nacional del Juego. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940. articulo #26 El Consejo. Nombramiento y mandato de los miembros del Consejo de la Comisión Nacional del Juego. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940. articulo #27 El Presidente de la Comisión Nacional del Juego. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940. articulo #28 Funciones de los miembros del Consejo. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940. articulo #29 Causas de cese en el ejercicio del cargo. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940. articulo #30 Régimen de contratación. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940. articulo #31 Régimen de personal. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940. articulo #32 Régimen Presupuestario y de Control. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940. articulo #33 Régimen Económico-Financiero y recursos de la Comisión Nacional del Juego. (Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2013-5940.

CAPÍTULO III

articulo #34 El Consejo de Políticas del Juego. 1. El Consejo de Políticas del Juego será el órgano de participación y coordinación de las Comunidades Autónomas y… articulo #35 Competencias. El Consejo de Políticas del Juego entenderá de las siguientes materias: a) Normativa básica de los diferentes…

TÍTULO VI

articulo #36 Competencia. 1. La Comisión Nacional del Juego y, en los supuestos a los que se refiere el artículo 42.3 de esta Ley, el titular… articulo #37 Infracciones. 1. Son infracciones administrativas las acciones u omisiones tipificadas en esta Ley y que pueden ser especificadas… articulo #38 Sujetos infractores. 1. Son sujetos infractores las personas físicas o jurídicas que realicen las acciones u omisiones tipificadas como… articulo #39 Infracciones muy graves. Son infracciones muy graves: a) La organización, celebración o explotación de las actividades incluidas en el… articulo #40 Infracciones graves. Son infracciones graves: a) El incumplimiento de los requisitos y condiciones fijados en el título habilitante y,… articulo #41 Infracciones leves. Constituyen infracciones leves: a) La participación en actividades de juego, contraviniendo las prohibiciones… articulo #42 Sanciones administrativas. 1. Las infracciones calificadas como leves serán sancionadas por la Comisión Nacional del Juego con: a)… articulo #43 Prescripción. 1. Las infracciones muy graves prescribirán a los cuatro años, las graves a los dos años y las leves al año. Las… articulo #44 Procedimiento sancionador. 1. El procedimiento se iniciará de oficio por acuerdo de la Comisión Nacional del Juego, por propia iniciativa, por… articulo #45 Régimen de recursos. Las resoluciones que dicte la Comisión Nacional del Juego en los expedientes sancionadores pondrán fin a la vía… articulo #46 Medidas cautelares. 1. Durante la sustanciación del procedimiento o en el propio acuerdo de inicio, la Comisión Nacional del Juego podrá… articulo #47 Medidas en relación con los prestadores de servicios de intermediación. 1. La Comisión Nacional del Juego en el ejercicio de las competencias establecidas en esta Ley evitará el ejercicio… articulo #47 bis Publicación de información relativa a infracciones. 1. La autoridad encargada de la regulación del juego, a través de su página web, publicará las resoluciones…

TÍTULO VII

articulo #48 Impuesto sobre actividades de juego. 1. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible la autorización, celebración u organización de los juegos, rifas,… articulo #49 Tasa por la gestión administrativa del juego. 1. Fuentes normativas. La tasa por la gestión administrativa del juego se regirá por la presente Ley y por las… disposicion #adicional_primera Reserva de la actividad del juego de Loterías. Disposición adicional primera. Reserva de la actividad del juego de Loterías. Uno. La Sociedad Estatal Loterías y… disposicion #adicional_segunda Régimen jurídico específico aplicable a la ONCE en materia de juego. Disposición adicional segunda. Régimen jurídico específico aplicable a la ONCE en materia de juego. Uno. El régimen… disposicion #adicional_tercera Apuestas Deportivas del Estado. Disposición adicional tercera. Apuestas Deportivas del Estado. Uno. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte… disposicion #adicional_cuarta Participación de las Comunidades Autónomas en la aprobación de nuevas modalidades de juego. Disposición adicional cuarta. Participación de las Comunidades Autónomas en la aprobación de nuevas modalidades de… disposicion #adicional_quinta Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Disposición adicional quinta. Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Las referencias que en esta Ley se hacen a las… disposicion #adicional_sexta Régimen de participación en la recaudación de las Apuestas Deportivas e Hípicas. Disposición adicional sexta. Régimen de participación en la recaudación de las Apuestas Deportivas e… disposicion #adicional_séptima Habilitación a los operadores de apuestas hípicas para participar en los fondos comunes de las sociedades organizadoras de carreras de caballos en España. Disposición Adicional Séptima. Habilitación a los operadores de apuestas hípicas para participar en los fondos comunes… disposicion #adicional_octava Suministro de información de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A., y de la Organización Nacional de Ciegos Españoles. Disposición adicional octava. Suministro de información de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E.,… disposicion #adicional_novena Servicio de investigación global del mercado de apuestas. Disposición adicional novena. Servicio de investigación global del mercado de apuestas. 1. El Servicio de… disposicion #adicional_décima Directrices para el uso más seguro de los activos digitales no fungibles, las cajas botín o las mecánicas de monetización de la participación de los usuarios en videojuegos. Disposición adicional décima. Directrices para el uso más seguro de los activos digitales no fungibles, las cajas… disposicion #transitoria_primera Ejercicio de competencias administrativas antes del inicio de actividades de la Comisión Nacional del Juego. Disposición transitoria primera. Ejercicio de competencias administrativas antes del inicio de actividades de la… disposicion #transitoria_segunda Títulos habilitantes de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado. Disposición transitoria segunda. Títulos habilitantes de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado. La… disposicion #transitoria_tercera Normativa de los juegos. Disposición transitoria tercera. Normativa de los juegos. La regulación aplicable a los distintos juegos continuará… disposicion #transitoria_cuarta Régimen transitorio para los puntos de venta y delegaciones comerciales de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado. Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio para los puntos de venta y delegaciones comerciales de la Sociedad… disposicion #transitoria_cuarta bis Disposición transitoria cuarta bis. Régimen sancionador aplicable a los puntos de venta en régimen administrativo de… disposicion #transitoria_quinta Primer mandato de los consejeros de la Comisión Nacional del Juego. Disposición transitoria quinta. Primer mandato de los consejeros de la Comisión Nacional del Juego. (Derogado) Se… disposicion #transitoria_sexta Régimen transitorio de la cesión del impuesto. Disposición transitoria sexta. Régimen transitorio de la cesión del impuesto. 1. Las disposiciones de esta norma que… disposicion #transitoria_séptima Convalidaciones y homologaciones de las Comunidades Autónomas. Disposición transitoria séptima. Convalidaciones y homologaciones de las Comunidades Autónomas. Las homologaciones y… disposicion #transitoria_octava Régimen transitorio del régimen sancionador. Disposición transitoria octava. Régimen transitorio del régimen sancionador. El Título VI, Régimen sancionador, de… disposicion #transitoria_novena Régimen transitorio de los patrocinios deportivos sobre el juego. Disposición transitoria novena. Régimen transitorio de los patrocinios deportivos sobre el juego. Los patrocinios… disposicion #derogatoria_unica Disposición derogatoria. 1. Quedan derogadas todas aquellas normas que se opongan a lo preceptuado en esta Ley y… disposicion #final_primera Título competencial. Disposición final primera. Título competencial. Esta Ley se dicta en el ejercicio de las competencias exclusivas del… disposicion #final_segunda Facultad de desarrollo. Disposición final segunda. Facultad de desarrollo. Se autoriza al Gobierno de la Nación a adoptar, a propuesta del… disposicion #final_tercera Extinción de determinados Organismos Públicos. Disposición final tercera. Extinción de determinados Organismos Públicos. Quedan extinguidos los siguientes… disposicion #final_cuarta Actualización del importe de las sanciones. Disposición final cuarta. Actualización del importe de las sanciones. La actualización de los importes relativos a… disposicion #final_quinta Modificación de las tasas sobre el juego. Disposición final quinta. Modificación de las tasas sobre el juego. 1. El apartado 1.º del artículo 3 del Real… disposicion #final_sexta Modificación de la Disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Disposición final sexta. Modificación de la Disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de… disposicion #final_séptima Exenciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuesto General Indirecto Canario. Disposición final séptima. Exenciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuesto General Indirecto Canario. 1.… disposicion #final_octava Modificación de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. Disposición final octava. Modificación de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. Uno. Se modifica el… disposicion #final_novena Mantenimiento del régimen fiscal aplicable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a los premios ya exentos en dicho impuesto en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley. Disposición final novena. Mantenimiento del régimen fiscal aplicable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas… disposicion #final_décima Régimen aplicable a los sistemas de Concierto y Convenio. Disposición final décima. Régimen aplicable a los sistemas de Concierto y Convenio. 1. En virtud de su régimen foral,… disposicion #final_undécima Entrada en vigor. Disposición final undécima. Entrada en vigor. Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el…

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