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Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ontígola.

Resolución
2 articles BOE
seccion:otras_disposicionesepigrafe:conveniosfiscaltributario
anexo #UNICO Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del Catastro) y el Ayuntamiento de Ontígola… seccion_anexo #primero El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones Públicas. Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario. Segundo. El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre la Administración del Estado y otras Administraciones, Entidades y Corporaciones públicas, fijando el marco al que deben sujetarse los convenios que, sobre esta materia, se suscriban, sin perjuicio de la aplicación de las prescripciones de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Tercero. El Ayuntamiento de Ontígola, en fecha 10 de enero de 2025, solicitó a través de la Gerencia Regional del Catastro de Castilla-La Mancha, a la Dirección General del Catastro, la formalización del presente convenio de colaboración, en sustitución del Convenio suscrito el 18 de diciembre de 2015, actualmente vigente, que se extingue con la firma del presente convenio. Las partes manifiestan y suscriben su común voluntad y acuerdo de resolver el Convenio de 18 de diciembre de 2015, que queda extinguido. Así, resuelto el anterior, la suscripción del presente convenio viene a sustituir al citado instrumento de colaboración. Cuarto. El Consejo Territorial de la Propiedad Inmobiliaria de Toledo, en sesión celebrada el 9 de diciembre de 2025, informó favorablemente la suscripción del presente convenio, en virtud de lo establecido en el artículo 63.2 del Real Decreto 417/2006. En consecuencia, las Administraciones intervinientes proceden a la formalización del presente convenio de acuerdo con las siguientes:. CLÁUSULAS Primera. Objeto del convenio. Es objeto del presente convenio la colaboración entre la Dirección General…

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