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Resolución de 17 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Defensa y el Instituto Social de la Marina, para la prestación mutua de asistencia sanitaria a la flota pesquera de bandera española que faena en el Índico y los buques de la Armada, en colaboración con el Centro Radio Médico Español y el Centro Asistencial en el extranjero de Seychelles.
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anexo #UNICO Convenio entre el Ministerio de Defensa y el Instituto Social de la Marina, para la prestación mutua de asistencia… seccion_anexo #primero Que una flota de buques pesqueros con base en la República de Seychelles y sus correspondientes barcos de apoyo navega bajo bandera española en aguas del Océano Índico. Segundo. Que el Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina le atribuye, en cuanto Entidad Gestora de la Seguridad Social del Régimen Especial del Mar, la asistencia sanitaria de los beneficiarios de dicho régimen. Tercero. Que, para el cumplimiento de sus fines en esta materia, en el Océano Índico, el Instituto Social de la Marina (ISM) cuenta con medios propios personales y materiales: el Centro Radio Médico Español (CRME) y el Centro Asistencial en el Extranjero en Seychelles (CASE). No obstante, cuando aquellos o éstos puedan resultar insuficientes, o se pueda carecer de alguno, el artículo tercero del citado Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, dispone que la Entidad Gestora podría suscribir, a tal fin, conciertos o convenios con entidades u organismos públicos o privados que faciliten dichos medios o servicios, que permitan al ISM dar una más completa, eficaz y ágil asistencia sanitaria. Cuarto. Que el CRME está atendido de manera permanente e ininterrumpida por personal médico y presta consejo médico por teléfono, radio o videoconferencia a las consultas que plantean los responsables de los buques que están trabajando en cualquier lugar del mundo, con el fin de proporcionar la asistencia sanitaria a los tripulantes enfermos o accidentados con los medios disponibles a bordo. Quinto. Que el CASE en Seychelles está ubicado en Port Victoria, en la isla de Mahé, y cuenta con personal médico y una clínica para la atención de los trabajadores cuando se encuentran en puerto, mediante la realización de consultas ambulatorias en el centro o a bordo de los buques. Sexto. Que el Ministerio de Defensa tiene desplegados en la zona del océano Índico buques de la Armada Española en el marco de la «Operación Atalanta», que comenzó el 8 de diciembre de 2008, tras ser aprobada por la Unión Europea, y prorrogada el 16 de diciembre de 2024 con el propósito de proteger a los mercantes que transportan alimentos del programa mundial de alimentos y de contribuir a la lucha antipiratería en aguas del Golfo de Adén y la cuenca de Somalia. Dichos buques cuentan con personal sanitario a bordo y van dotados de medios técnicos para atender urgencias médicas « in situ », así como con equipos de telemedicina con capacidad para solicitar apoyo sanitario y asesoramiento especializado por parte del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla-Centro Sanitario de Vida y Esperanza» (HCDGU-CSVE), a través de su Servicio de Telemedicina. Séptimo. Que, el 1 de octubre de 2010, Ministerio de Defensa y el Instituto Social de la Marina suscribieron un convenio para la prestación mutua de asistencia sanitaria a la flota pesquera de bandera española que faena en el Índico y los buques de la Armada, en cooperación con el CRME y el CASE en Seychelles. Que, debido a los cambios legislativos producidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su capítulo VI, título preliminar de la citada ley, fue necesaria la tramitación de un nuevo convenio con el mismo objeto que el anterior, de fecha 8 de julio de 2017, y con una duración de cuatro años, prorrogado por otros cuatro años el 9 de julio de 2021, y que ha permitido continuar con la prestación mutua de asistencia sanitaria tanto a los trabajadores que faenan a bordo de la flota española en la zona del Índico, como al personal militar o civil dependiente del Ministerio de Defensa que participa en la «Operación Atalanta» en dicha zona, teniendo en cuenta la enorme dispersión geográfica en la que se realizan las diferentes tareas y la gran distancia a países con infraestructuras sanitarias adecuadas. Finalizada la vigencia del convenio y de su prórroga el pasado día 9 de julio, urge la necesidad de un nuevo convenio, en el marco de la «Operación Atalanta», prorrogada por la Unión Europea el 16 de diciembre de 2024. Por todas las razones anteriormente expuestas, ambas Administraciones consideran de interés proceder a la tramitación de un nuevo acuerdo con idéntico contenido y acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes. CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
1. El objeto de este convenio es definir los términos de colaboración entre el Ministerio…
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