Disposición #transitoria_segunda
> CAPÍTULO VII > Disposición transitoria_segunda
Disposición transitoria segunda. Inspecciones periódicas.
Entre tanto no esté aprobado por reglamento el programa de inspecciones periódicas de aplicación a las instalaciones de transporte y distribución de energía eléctrica, se sigue aplicando el Decreto 328/2001, de 4 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación para efectuar los reconocimientos periódicos de las instalaciones de producción, transformación, transporte y distribución de energía eléctrica.