All laws
Disposición #transitoria_primera

> CAPÍTULO IV > Disposición transitoria_primera

Disposición transitoria primera. Normativa de aplicación en los procedimientos iniciados.

A los procedimientos administrativos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley, y cuya regulación sustantiva exija incorporar la dimensión paisajística, les será de aplicación la normativa vigente en el momento de su iniciación.

Subscribe to our newsletter

Get weekly insights on data, automation, and AI.

© 2026 Datons. All rights reserved.