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Disposición #adicional_tercera

> CAPÍTULO V > Disposición adicional_tercera

Disposición adicional tercera. Contratación.

Se declaran urgentes a los efectos del artículo 119 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los contratos relativos a promociones de vivienda protegida y/o alojamientos dotacionales de las administraciones y empresas públicas promotoras de vivienda protegida.

En las promociones de vivienda protegida y/o alojamientos dotacionales de las administraciones y empresas públicas podrán contratarse de forma conjunta la elaboración de proyecto, la dirección facultativa, otros trabajos técnicos y la ejecución de las obras.

Así mismo, las promociones de vivienda protegida y/o alojamientos dotacionales de las administraciones públicas podrán contratarse mediante contrato doble, de servicios y de servicios y obra, con participación temprana de contratista e industrial/industriales.

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