Ley del Sector Eléctrico →
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Artículo 43. Suministro.
1. El suministro de energía eléctrica se define como
Artículo 43. Suministro.
1. El suministro de energía eléctrica se define como
resoluciones jurídicamente vinculantes tendentes al cumplimiento de las mismas.
Se declara que el apartado 5 es conforme con la Constitución, interpretado en los términos señalados en el fundamentos jurídico 5, por Sentencia del TC 60/2016, de 17 de marzo. Ref. BOE-A-2016-3913
Se declara que el apartado 5 es conforme con la Constitución, interpretado en los términos señalados en los fundamentos jurídico 10, por Sentencia del TC 32/2016, de 18 de febrero. Ref. BOE-A-2016-2913
resoluciones jurídicamente vinculantes tendentes al cumplimiento de las mismas.
Se declara que el apartado 5 es conforme con la Constitución, interpretado en
Se declara que el apartado 5 es conforme con la Constitución, interpretado en
10, por Sentencia del TC 32/2016, de 18 de febrero. Ref. BOE-A-2016-2913
10, por Sentencia del TC 32/2016, de 18 de febrero. Ref. BOE-A-2016-2913