Artículo #15 — Competencia
Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil. > CAPÍTULO I > Sección 1 > Artículo 15
Artículo 15. Competencia.
El Jefe del Mando de Personal y Formación de la Guardia Civil es la autoridad competente para disponer la publicación de las vacantes.