Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social.
Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social. > CAPÍTULO I > Artículo 26
Artículo 26. Procedimiento de tramitación y concesión.
El cumplimiento de los requisitos se acreditará mediante las declaraciones responsables que incluye la solicitud de ayuda económica y la presentación de la documentación acreditativa, cuando así se solicite.
La situación de excepcionalidad obliga a tomar medidas de simplificación administrativa y, por este motivo, y de acuerdo con el artículo 35 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, el cumplimiento de los requisitos se acreditará en fase de tramitación mediante las declaraciones responsables indicadas en la solicitud, y se hará un plan de verificación posterior que podrá conllevar la presentación de la documentación acreditativa cuando así se solicite.