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Artículo #25 — Objeto

Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. > CAPÍTULO III > Sección 2 > Artículo 25

Artículo 25. Objeto.

1. Las empresas productoras independientes que reúnan los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de esta Orden, podrán acceder a las ayudas para el desarrollo de proyectos de películas cinematográficas de largometraje previstas en el artículo 20.1.a) del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, siendo preferentes aquellos que estén basados en guiones que hayan recibido la ayuda para su escritura prevista en el artículo 19.

2. Las ayudas tendrán por objeto la financiación de los gastos necesarios para llevar a cabo el desarrollo de los proyectos, tales como la mejora del guión, la búsqueda de localizaciones, la identificación del casting, las gestiones para el logro de recursos económicos, los planes iniciales de venta, los asesoramientos de terceros en relación con aspectos tecnológicos del proyecto, la adquisición de derechos y la investigación en archivos, en los casos que fuera necesario.

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