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Artículo #132 — Prestaciones por fallecimiento

Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.

Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo. > CAPÍTULO I > Sección 1 > Artículo 132

Artículo 132. Prestaciones por fallecimiento.

1. Comprenderán, entre otras posibles medidas y ayudas, las siguientes:

a) Subsidio por defunción.

b) Ayuda de sepelio.

2. Dichas ayudas tendrán como límite los créditos consignados a tal fin en el presupuesto de la Mutualidad General.

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