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Disposición #transitoria_séptima

Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. > TÍTULO I > Disposición transitoria_séptima

Disposición transitoria séptima. Régimen de obligaciones aplicable a las prestaciones de ingreso mínimo vital causadas desde el 1 de junio de 2020.

Lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 17 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, así como la supresión de la obligación de acreditar la inscripción como demandante de empleo de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, serán aplicables a todas las prestaciones de ingreso mínimo vital que hubieren sido causadas desde el 1 de junio de 2020.

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