Anexo #I
Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, sobre limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2026.
Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, sobre limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2026. > TÍTULO VI > ANEXO I
[1] Sistema de la Seguridad Social Cuadro de cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva para el año 2026 Clase de pensión Titulares Con cónyuge a cargo – Euros/año Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal – Euros/año Con cónyuge no a cargo – Euros/año Jubilación Titular con sesenta y cinco años. 17.592,40 13.106,80 12.441,80 Titular menor de sesenta y cinco años. 17.592,40 12.262,60 11.590,60 Titular con sesenta y cinco años procedente de gran incapacidad. 26.385,80 19.660,20 18.662,00 Incapacidad Permanente Gran incapacidad. 26.385,80 19.660,20 18.662,00 Absoluta. 17.592,40 13.106,80 12.441,80 Total: Titular con sesenta y cinco años. 17.592,40 13.106,80 12.441,80 Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. 17.592,40 12.262,60 11.590,60 Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años. 9.662,80 9.662,80 9.580,20 Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años. 17.592,40 13.106,80 12.441,80 Viudedad Titular con cargas familiares. 17.592,40 Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. 13.106,80 Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. 12.262,60 Titular con menos de sesenta años. 9.931,60 Clase de pensión Euros/año Orfandad Por persona beneficiaria. 4.011,00 Por persona beneficiaria menor de dieciocho años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. 7.882,00 En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 9.931,60 euros/año distribuidos, en su caso, entre las personas beneficiarias. Prestación de orfandad Una persona beneficiaria. 11.603,20 Varias personas beneficiarias: a repartir entre número de personas beneficiarias. 19.559,68 En favor de familiares Por persona beneficiaria. 4.011,00 Si no existen personas viudas ni huérfanas pensionistas: Una sola persona beneficiaria con sesenta y cinco años. 9.683,80 Una sola persona beneficiaria menor de sesenta y cinco años. 9.126,60 Varias personas beneficiarias: El mínimo asignado a cada una de ellas se incrementará en el importe que resulte de prorratear 5.920,60 euros/año entre el número de personas beneficiarias. Límite de ingresos para el reconocimiento de cuantías mínimas de pensión: – Sin cónyuge a cargo 9.442,00 euros/año. – Con cónyuge a cargo 11.013,00 euros/año.