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Artículo #22

Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española".

Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española". > CAPÍTULO I > Sección 5 > Artículo 22

Artículo 22. La Secretaría General.

1. La persona titular de la Secretaría General será nombrada por el Consejo Rector, a propuesta de la persona titular de la Dirección, entre personal funcionario de carrera pertenecientes a cuerpos o escalas incluidos en el subgrupo A1.

2. Las funciones de la Secretaría General son:

a) La gestión y administración de recursos humanos, incluida la selección del personal laboral, la gestión de la acción social y la formación de los recursos humanos, bajo la supervisión de la persona titular de la Dirección de la Agencia y siguiendo los criterios y directrices del Consejo Rector.

b) La tramitación de los expedientes de contratación para adquisición de bienes y servicios, así como la habilitación del material, y de manera especial, la gestión y dotación de medios informáticos, además del análisis, diseño, impulso, mantenimiento y gestión de las herramientas informáticas necesarias para el desarrollo de los procesos necesarios propios de las funciones de la Agencia.

c) La gestión presupuestaria, de los ingresos y gastos, la realización de los cobros y pagos y la gestión de la tesorería de la Agencia.

d) La gestión económica y presupuestaria y el control económico-financiero de los instrumentos y actuaciones que le correspondan.

e) La formación y mantenimiento actualizado de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles, tanto propios como adscritos, así como la custodia de estos últimos y la tramitación de los expedientes de adquisición, arrendamiento, adscripción y/o descripción.

f) La seguridad, régimen interior, asuntos generales y la coordinación e inspección de las unidades, instalaciones y servicios de la Agencia.

g) La instrucción de los procedimientos sancionadores en el ámbito de las competencias de la Agencia y las relaciones con los Tribunales de Justicia.

h) La planificación y ejecución de la política de prevención de riesgos laborales, incluida la organización y supervisión del servicio de prevención.

i) Ejercer las potestades administrativas derivadas de las funciones de la Agencia, de la gestión de los recursos y del personal de la Agencia, así como la gestión de los asuntos horizontales que no se correspondan con competencias específicamente atribuidas a otras unidades de la Agencia y las que le sean atribuidas por normas legales o reglamentarias.

j) El asesoramiento jurídico a la Dirección y a su organización para el necesario ejercicio de las competencias y funciones de la Agencia y su funcionamiento ordinario.

k) La coordinación de la posición de la Agencia en el ámbito del Derecho Espacial.

l) Ejercer cuantas funciones le sean delegadas por la persona titular de la Dirección.

3. Sin perjuicio de las atribuciones asignadas en este Estatuto a otros órganos de la Agencia, es responsable de coordinar las actividades para la elaboración del Contrato plurianual de gestión.

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