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Artículo #21

Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».

Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo». > CAPÍTULO I > Sección 4 > Artículo 21

Artículo 21. Dirección de Relaciones Culturales y Científicas.

1. La Dirección de Relaciones Culturales y Científicas ejercerá las siguientes funciones:

a) Ejercer las competencias delegadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en la AECID para la promoción de la cultura española, la diplomacia científica, tecnológica y de innovación, así como las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico, la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países y la coordinación de las relaciones culturales y científicas en el exterior.

b) Gestionar las relaciones con la UNESCO, a través de la Delegación Permanente de España ante dicha organización, así como ejercer la secretaría de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO, que estará adscrita a la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas, en los términos de la disposición transitoria cuarta del presente real decreto.

c) Llevar a cabo las funciones de la AECID en materia de la cooperación y acción cultural para el desarrollo sostenible, incluyendo la aprobación y financiación de intervenciones de cooperación cultural para el desarrollo sostenible orientadas a la consecución de resultados, de acuerdo con las prioridades que establezcan el Plan Director en vigor y los documentos de planificación regional y bilateral, y bajo los principios de coherencia de políticas y eficacia de la ayuda.

d) Gestionar los servicios culturales de la AECID, incluyendo la dirección y gestión de la Biblioteca de la AECID, la gestión de las publicaciones de la AECID y la gestión y archivo del patrimonio artístico de la AECID.

e) Coordinar la actuación de los Centros de Culturales de España en sus acciones de cooperación y acción cultural para el desarrollo sostenible en el marco de las competencias de la AECID sobre estas materias, así como su participación en el conjunto de la acción cultural de España en el exterior.

f) Fomentar la transversalización de la diversidad cultural en los proyectos y acciones de la cooperación española a través de los distintos instrumentos, liderar la elaboración de estrategias en los ámbitos de su competencia, incluido el de cultura y desarrollo, y participar en la elaboración del resto de instrumentos de planificación operativa.

g) Impulsar y gestionar acciones de cooperación en el ámbito de la formación y capacitación del capital humano y de la movilidad internacional, incluyendo la gestión de las convocatorias de becas y lectorados MAEC-AECID.

h) Realizar un adecuado seguimiento y, en su caso, evaluación de sus actuaciones de cooperación, de acuerdo con los lineamientos de, y en coordinación con, la Subdirección de Estrategia, Seguimiento y Calidad de la AECID y la Oficina de Evaluación de la Cooperación Española.

i) Representar a la AECID en reuniones, foros e instituciones nacionales e internacionales relacionados con las materias y funciones de su competencia.

j) Prestar apoyo y colaboración a los actores de otros Departamentos ministeriales y a otras Administraciones públicas y organismos dependientes de las Comunidades autónomas y entidades locales, en materia de información, programación e implementación de sus programas y proyectos de cooperación.

k) Aplicar en su ámbito de actuación, aquellas medidas que se determinen con carácter general para toda la organización relativas la promoción de la gestión del conocimiento, innovación, calidad y mejora organizativa.

l) Realizar la gestión económica y presupuestaria de las actuaciones financiadas con su presupuesto, en estrecha colaboración con la Secretaría General.

2. Las Subdirecciones dependientes de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas tendrán las siguientes funciones:

a) La Subdirección de Relaciones Culturales y Científicas y Promoción Cultural, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a) y b) del apartado anterior.

b) La Subdirección de Cooperación y Acción Cultural para el Desarrollo Sostenible, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras c) a f) del apartado anterior.

c) La Subdirección de Becas, Lectorados y Movilidad Internacional, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en la letra g) del apartado anterior.

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