Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española".
Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española". > CAPÍTULO I > Sección 5 > Artículo 17
Artículo 17. Estructura básica.
1. La Agencia, bajo la dependencia jerárquica de la persona titular de la Dirección, desarrolla sus funciones a través de los siguientes órganos:
a) Dirección de Seguridad y Planificación.
b) Dirección de Programas e Industria.
c) Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación.
d) Dirección de Usuarios, Servicios y Aplicaciones.
e) Secretaría General.
f) Oficina de Espacio y Sociedad.
2. De la Dirección dependerá una Unidad de Apoyo, con nivel orgánico de subdirección general, como órgano de apoyo técnico y asistencia inmediata. La Unidad de Apoyo asesorará a la persona titular de la Dirección, entre otros temas, en asuntos internacionales en coordinación con el ministerio competente. Asimismo, la Unidad de Apoyo recopilará las contribuciones de las distintas direcciones para elaborar la propuesta de anteproyecto de Ley del Espacio y de los presupuestos anuales, dando apoyo a la Dirección para la elaboración de estos.
3. De la Dirección dependerá la Oficina de Espacio y Sociedad, con nivel orgánico de subdirección general, que ejercerá las funciones previstas en el artículo 5.t) de este Estatuto.
4. Las personas titulares de la Secretaría General, de la Oficina de Espacio y Sociedad y de las Direcciones de la Agencia tendrán la consideración de personal directivo, a los efectos del artículo 33.