Disposición #transitoria_sexta
Circular 2/2025, de 9 de abril, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural.
Circular 2/2025, de 9 de abril, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural. > CAPÍTULO V > Disposición transitoria_sexta
Disposición transitoria sexta. Normas de gestión de garantías.
Hasta la aprobación de las Normas de Gestión de Garantías señaladas en la disposición adicional segunda de esta circular, será de aplicación, con relación a las garantías para la contratación de acceso, lo establecido en la Resolución de 2 de agosto de 2016, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las normas de gestión de garantías del sistema gasista.