Anexo #XII
Orden APA/286/2026, de 18 de marzo, por la que se definen las explotaciones de ganado y animales asegurables y sus condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales, en relación con el seguro de explotación de ganado vacuno de reproducción y producción, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Orden APA/286/2026, de 18 de marzo, por la que se definen las explotaciones de ganado y animales asegurables y sus condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales, en relación con el seguro de explotación de ganado vacuno de reproducción y producción, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados. > ANEXO XII
[1] Modelo de certificación que deberán expedir las Sociedades de Criadores de Razas bovinas Puras oficialmente reconocidas en relación con la acreditación de los requisitos relativos a los animales de Alta Valoración Genética de razas de aptitud cárnica con respecto al Seguro de explotación de Ganado Vacuno de Reproducción y Producción Don ……………………………………………………..……………, Secretario Técnico de la Sociedad de criadores de ……...……..…..…………….……………...……………............ Certifica que: La siguiente explotación ganadera: Identificación del titular del seguro. Nombre o Denominación. Identificación Fiscal (NIF/CIF). Domicilio, Código Postal y Provincia. Código REGA Nacional. ES. Colabora oficialmente en las actuaciones del Programa de Cría aprobado para la Raza según establece el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre, a través de los animales que se detallan a continuación, constando, en los archivos del Libro genealógico gestionado por esta Sociedad, que los animales que figuran a continuación poseen un valor genético para cualquiera de los caracteres evaluados en el Programa de Cría correspondiente a un percentil del 90 % o superior. Los animales han sido evaluados según las pruebas de control de rendimientos y evaluación genética llevadas a cabo conforme a lo establecido en el Reglamento UE 2016/1012 relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, y por el que se modifican el Reglamento (UE) 652/2014 y las Directivas 89/608/CEE y 90/425/CEE del Consejo y el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre. Lo que firmo en …………...... a …….. de …………………… de ……., previa solicitud del interesado y a los efectos de la información requerida para la suscripción del Seguro Agrario Combinado de explotación de Ganado Vacuno de Reproducción y Producción. Relación de Reproductoras de alta valoración genética/Recrías de alto valor genético Identificación individual animal Fecha nacimiento (1) Fecha evaluación (1) Crotal oficial Libro genealógico Fechas (dd/mm/aaaa) Fechas (dd/mm/aaaa) (1) Según conste, a los efectos, en el Libro genealógico correspondiente.