Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. > TÍTULO V > CAPÍTULO I > Disposición final_novena
Disposición final novena. Modificación del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
El Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, queda redactado como sigue:
Uno. Se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 25, que quedan redactados como sigue:
«2. El Mecanismo REINICIA+ FOCIT DANA tiene carácter temporal y extraordinario y estará destinado a ofrecer préstamos a las empresas y trabajadores autónomos o por cuenta propia titulares de establecimientos turísticos en los municipios damnificados, que se relacionan en el Anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 y en las modificaciones que se aprueben de dicho anexo con posterioridad,
Se podrán conceder préstamos a aquellas empresas que, sin estar incluidas en los supuestos anteriores, vayan a realizar nuevas inversiones en el sector turístico en los territorios afectados que se relacionan en el Anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.
3. Los préstamos permitirán la financiación de activos materiales de las empresas afectadas, así como proyectos de mejora de la sostenibilidad y la competitividad, y se concederán hasta 10 años, a un tipo de interés del cero por ciento y con periodos de carencia de hasta 3 años.»
Dos. Se modifica el artículo 4 del anexo IV, que queda redactado como sigue:
«Artículo 4. Régimen de concesión, financiación y cuantía de las ayudas.
El régimen de concesión, financiación y cuantía de las ayudas será el señalado en el artículo 5 de este real decreto-ley.
El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a cuarenta y siete millones seiscientos cuarenta y siete mil seiscientos euros (47.647.600 €) repartidos en las siguientes partidas presupuestarias:
20.50.42AB.781 Treinta y siete millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos euros (37.455.600 €).
20.50.42AB.772 Diez millones ciento noventa y dos mil euros (10.192.000 €).
En el caso de que no se agote el presupuesto asignado a una de las partidas presupuestarias correspondientes a las convocatorias de la Sección «Cero» recogida en el apartado 2 del artículo 5 de este real decreto-ley, los fondos sobrantes podrán utilizarse para mejorar la dotación financiera de las partidas que hayan resultado insuficientes en cualquiera de dichas convocatorias.»
Tres. Se modifica el artículo 3 del anexo V, que queda redactado como sigue:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta convocatoria los sujetos previstos en el artículo 4.1, letras a) y b) de este real decreto-ley y cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4.2.
Cuatro. Se modifica el artículo 4 del anexo V, que queda redactado como sigue:
«Artículo 4. Régimen de concesión, financiación y cuantía de las ayudas.
El régimen de concesión, financiación y cuantía de las ayudas será el señalado en el artículo 5 de este real decreto-ley.
El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a trescientos millones ciento setenta y dos mil cuatrocientos euros (300.172.400 €) repartidos en las siguientes partidas presupuestarias:
20.09.929D.780 Doscientos treinta y cinco millones novecientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos euros (235.964.400 €).
20.09.929D.772 Sesenta y cuatro millones doscientos ocho mil euros (64.208.000 €).
En el caso de que no se agote el presupuesto asignado a una de las partidas presupuestarias correspondientes a las convocatorias de la Sección «ECO/C» recogida en el apartado 3 del artículo 5 de este real decreto-ley, los fondos sobrantes podrán utilizarse para mejorar la dotación financiera de las partidas que hayan resultado insuficientes en cualquiera de dichas convocatorias.»
Cinco. Se modifica el título del anexo VI, que queda redactado como sigue:
«ANEXO VI
Convocatoria para empresas, cooperativas y otras entidades para la concesión de ayudas de la sección «Cero» del PLAN REINICIA AUTO + en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia»
Seis. Se modifica el artículo 4 del anexo VI, que queda redactado como sigue:
«Artículo 4. Régimen de concesión, financiación y cuantía de las ayudas.
El régimen de concesión, financiación y cuantía de las ayudas será el señalado en el artículo 5 de este real decreto-ley.
El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a dieciséis millones cincuenta y dos mil cuatrocientos euros (16.052.400 €) repartidos en las siguientes partidas presupuestarias:
20.50.42AB.770 Quince millones doscientos ochenta y ocho mil euros (15.288.000 €).
20.50.42AB.782 Setecientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos euros (764.400 €).
En el caso de que no se agote el presupuesto asignado a una de las partidas presupuestarias correspondientes a las convocatorias de la Sección «Cero» recogida en el apartado 2 del artículo 5 de este real decreto-ley, los fondos sobrantes podrán utilizarse para mejorar la dotación financiera de las partidas que hayan resultado insuficientes en cualquiera de dichas convocatorias.»
Siete. Se modifica el título del anexo VII, que queda redactado como sigue:
«ANEXO VII
Convocatoria para empresas, cooperativas y otras entidades para la concesión de ayudas de la sección «Eco/C» del PLAN REINICIA AUTO + con cargo a Presupuestos Generales del Estado»
Ocho. Se modifica el artículo 4 del anexo VII, que queda redactado como sigue:
«Artículo 4. Régimen de concesión, financiación y cuantía de las ayudas.
El régimen de concesión, financiación y cuantía de las ayudas será el señalado en el artículo 5 de este real decreto-ley.
El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a ciento un millones ciento veintisiete mil euros (101.127.000 €) repartidos en las siguientes partidas presupuestarias:
20.09.929D.770 Noventa y seis millones trescientos doce mil euros (96.312.000 €).
20.09.929D.782 Cuatro millones ochocientos quince mil seiscientos euros (4.815.600 €).
En el caso de que no se agote el presupuesto asignado a una de las partidas presupuestarias correspondientes a las convocatorias de la Sección «ECO/C» recogida en el apartado 3 del artículo 5 de este real decreto-ley, los fondos sobrantes podrán utilizarse para mejorar la dotación financiera de las partidas que hayan resultado insuficientes en cualquiera de dichas convocatorias.»
Nueve. Se sustituye el ANEXO VIII, por el siguiente:
«ANEXO VIII
Fondo de Emprendimiento y de la Pequeña y Mediana Empresa
(datos en miles de euros)
Presupuesto de explotación: Cuenta del resultado económico-patrimonial
| Presupuesto 2024 | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1. | Transferencias y subvenciones recibidas | 0 | ||||
| a) | Del ejercicio | 0 | ||||
| a.1) | Subvenciones recibidas para financiar gastos del ejercicio | 0 | ||||
| - | de la Administración General del Estado | 0 | ||||
| - | de los organismos autónomos de la Administración General del Estado | 0 | ||||
| - | de otros del sector público estatal de carácter administrativo | 0 | ||||
| - | del sector público estatal de carácter empresarial o fundacional | 0 | ||||
| - | de la Unión Europea | 0 | ||||
| - | de otros (especificar) | 0 | ||||
| a.2) | transferencias | 0 | ||||
| - | de la Administración General del Estado | 0 | ||||
| - | de los organismos autónomos de la Administración General del Estado | 0 | ||||
| - | de otros del sector público estatal de carácter administrativo | 0 | ||||
| - | del sector público estatal de carácter empresarial o fundacional | 0 | ||||
| - | de la Unión Europea | 0 | ||||
| - | de otros (especificar) | 0 | ||||
| a.3) | subvenciones recibidas para cancelación de pasivos que no supongan financiación específica de un elemento patrimonial | 0 | ||||
| - | de la Administración General del Estado | 0 | ||||
| - | de los organismos autónomos de la Administración General del Estado | 0 | ||||
| - | de otros del sector público estatal de carácter administrativo | 0 | ||||
| - | del sector público estatal de carácter empresarial o fundacional | 0 | ||||
| - | de la Unión Europea | 0 | ||||
| - | de otros (especificar) | 0 | ||||
| b) | Imputación de subvenciones para activos corrientes y otras | 0 | ||||
| 2. | Otros ingresos de gestión ordinaria | 0 | ||||
| 3. | Excesos de provisiones | 0 | ||||
| A) | TOTAL INGRESOS DE GESTIÓN ORDINARIA | 0 | ||||
| 4. | Transferencias y subvenciones concedidas | 0 | ||||
| - | de otros del sector público estatal de carácter administrativo | 0 | ||||
| - | del sector público estatal de carácter empresarial o fundacional | 0 | ||||
| - | de otros (especificar) | 0 | ||||
| 5. | Otros gastos de gestión ordinaria | 0 | ||||
| a) | Suministros y servicios exteriores | 0 | ||||
| b) | Otros | 0 | ||||
| B) | TOTAL DE GASTOS DE GESTIÓN ORDINARIA (4+5) | 0 | ||||
| I. | Resultado (Ahorro o desahorro) de la gestión ordinaria (A+B) | 0 | ||||
| 6. | Otras partidas no ordinarias | 0 | ||||
| a) | Ingresos | 0 | ||||
| b) | Gastos | 0 | ||||
| II. | Resultado de las operaciones no financieras (I+6) | 0 | ||||
| 7. | Ingresos financieros | 0 | ||||
| a) | De participaciones en instrumentos de patrimonio | 0 | ||||
| a.1) | En entidades del grupo, multigrupo y asociadas | 0 | ||||
| a.2) | En otras entidades | 0 | ||||
| b) | De valores negociables y de créditos del activo inmovilizado | 0 | ||||
| b.1) | En entidades del grupo, multigrupo y asociadas | 0 | ||||
| b.2) | Otros | 0 | ||||
| 8. | Gastos financieros | 0 | ||||
| a) | Por entidades del grupo, multigrupo y asociadas | 0 | ||||
| b) | Otros | 0 | ||||
| 9. | Variación del valor razonable en activos y pasivos financieros | 0 | ||||
| a) | Derivados financieros | 0 | ||||
| b) | otros activos y pasivos a valor razonable con imputación en resultados | 0 | ||||
| c) | Imputación al resultado del ejercicio por activos financieros disponibles para la venta | 0 | ||||
| 10. | Diferencias de cambio | 0 | ||||
| 11. | Deterioro de valor, bajas y enajenaciones de activos y pasivos financieros | 0 | ||||
| a) | De entidades del grupo, multigrupo y asociadas | 0 | ||||
| b) | Otros | 0 | ||||
| III. | Resultado de las operaciones financieras (7+8+9+10+11) | 0 | ||||
| IV. | Resultado (Ahorro o desahorro) neto del ejercicio (II+III) | 0 | ||||
Fondo de Emprendimiento de la Pequeña y Mediana Empresa
(datos en miles de euros)
Balance
| Activo | Cierre Provis. 2024 | Patrimonio Neto y Pasivo | Cierre Provis. 2024 | |||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| A) | Activo no corriente | 0 | A) | Patrimonio neto | 451.000 | |||
| I. | Patrimonio aportado | 451.000 | ||||||
| III | Deudores y otras cuentas a cobrar a largo plazo | 0 | ||||||
| 1 | Deudores por actividad principal | 0 | II. | Patrimonio generado | 0 | |||
| Deudores por actividad principal otras entidades | 0 | 1. Resultados de ejercicios anteriores | 0 | |||||
| Correcciones valorativas por deterioro | 0 | 2. Resultados del ejercicio | 0 | |||||
| B) | Pasivo corriente | 0 | ||||||
| II. | Deudas a largo plazo | 0 | ||||||
| B) | Activo corriente | 451.000 | ||||||
| I. | Deudores y otras cuentas a cobrar | 0 | C) | Pasivo corriente | 0 | |||
| 1. | Deudores por actividad principal | 0 | II. | Deudas a corto plazo | 0 | |||
| Deudores por actividad principal otras entidades | 0 | 1. Otros pasivos financieros | 0 | |||||
| Correcciones valorativas por deterioro | 0 | |||||||
| 3. | Administraciones públicas | 0 | IV. | Acreedores y otras cuentas a pagar | 0 | |||
| III. | Inversiones financieras a corto plazo | 0 | 1. Acreedores por operaciones derivadas de la actividad | 0 | ||||
| 4. | Otras inversiones financieras | 0 | 2. Otras cuentas a pagar | 0 | ||||
| V. | Efectivo y otros activos líquidos equivalentes | 451.000 | ||||||
| 1. | Otros activos líquidos equivalentes | 0 | ||||||
| 2. | Tesorería | 451.000 | ||||||
| TOTAL ACTIVO (A+B) | 451.000 | TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A+C) | 451.000 | |||||
Fondo de Emprendimiento de la Pequeña y Mediana Empresa
(datos en miles de euros)
| Estado de flujos de efectivo | Cierre Provis. 2024 | ||
|---|---|---|---|
| I. | FLUJOS DE EEFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN | ||
| A) | Cobros: | 0 | |
| 1. | Transferencias y subvenciones recibidas | ||
| 2. | Intereses y dividendos cobrados | 0 | |
| 3. | Otros cobros | 0 | |
| B) | Pagos: | 0 | |
| 4. | Transferencias y subvenciones concedidas | ||
| 5. | Otros gastos de gestión | 0 | |
| 6. | Intereses pagados | ||
| 7. | Otros pagos | 0 | |
| Flujos netos de efectivo por actividades de gestión (+A-B) | 0 | ||
| II. | FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | ||
| C) | Cobros: | 0 | |
| Venta de activos financieros | 0 | ||
| D) | Pagos: | 0 | |
| Compra de activos financieros | 0 | ||
| Flujos netos de efectivo por actividades de inversión (+C-D) | 0 | ||
| III: | FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | ||
| E) | Aumentos en el patrimonio: | 451.000 | |
| 1. | Aportaciones de la entidad en la que se integra el fondo. | 451.000 | |
| F) | Pagos a la entidad en la que se integra el fondo. | 0 | |
| 2. | Devolución de aportaciones y reparto de resultados | ||
| G) | Cobro por emisión de pasivos financieros: | 0 | |
| 3. | Préstamos recibidos | 0 | |
| 4. | Otras deudas | ||
| H) | Pagos por reembolso de pasivos financieros: | 0 | |
| 5. | Préstamos recibidos | 0 | |
| 6. | Otras deudas | ||
| Flujos netos de efectivo por actividades de financiación (+E-F+G-H) | 451.000 | ||
| IV. | FLUJOS DE EFECTIVO PENDIENTES DE CLASIFICACIÓN | ||
| I) | Cobros pendientes de aplicación | ||
| J) | Pagos pendientes de aplicación | ||
| Flujos netos de efectivo pendientes de clasificación (+I-J) | 0 | ||
| V. | EFECTO DE LAS VARIACIONES DE LOS TIPOS DE CAMBIO | ||
| VI. | INCREMENTO/DISMINUCIÓN NETA DEL EFECTIVO Y ACTIVOS LÍQUIDOS (I+II+III+IV+V) | 451.000 | |
| Efectivo y activos líquidos equivalentes al efectivo al inicio del ejercicio | 0 | ||
| Efectivo y activos líquidos equivalentes al efectivo al final del ejercicio | 451.000 | ||