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Disposición #transitoria_segunda

Ley 11/2022, de 20 de septiembre, contra la Violencia de Género de La Rioja.

Ley 11/2022, de 20 de septiembre, contra la Violencia de Género de La Rioja. > TÍTULO I > Disposición transitoria_segunda

Disposición transitoria segunda. Observatorio sobre Violencia de Género de La Rioja.

El Observatorio sobre Violencia de Género de La Rioja se constituirá en el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley.

Hasta la efectiva constitución del Observatorio sobre Violencia de Género de La Rioja, sus funciones y competencias se asumirán por la Comisión Institucional de La Rioja para la coordinación de actuaciones de sensibilización, protección y recuperación integral de las víctimas de violencia.

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