Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles.
Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles. > TÍTULO I > CAPÍTULO I > Sección 3 > Artículo 69
Artículo 69. Otras fórmulas de gestión y colaboración institucional.
Uno. La gestión de los servicios, prestaciones y actividades de la ONCE podrá desarrollarse de manera interrelacionada, bien de forma directa, a través de los servicios centrales, territoriales y centros especializados, bien mediante la creación de personas jurídicas o mediante la suscripción de convenios y/o conciertos.
Dos. Para la gestión de tales servicios, prestaciones y actividades, el Consejo General podrá decidir la creación de entidades de naturaleza asociativa, fundacional o cualquier otra reconocida en Derecho, estableciendo los mecanismos de relación, coordinación, supervisión y control de las mismas que resulte procedente en cada caso.
Tres. Igualmente, el Consejo General podrá decidir la participación en entidades de cualquier naturaleza, siempre que ello coadyuve al mejor cumplimiento de los fines de la Organización.
Cuatro. La gestión de los servicios, prestaciones y actividades de la ONCE podrá atenderse también mediante conciertos, acuerdos y convenios institucionales de colaboración, o cualquier otra modalidad análoga de colaboración, siempre desde la consideración de su estatus y régimen jurídico singular, pudiendo recabar para ello las correspondientes subvenciones o ayudas públicas así como aportaciones privadas para dicho fin.
El Consejo General establecerá los criterios y procedimientos para la ordenación de la política de conciertos, acuerdos y convenios institucionales que pueda suscribir la ONCE.
Cinco. Mediante la promoción y difusión del Servicio de Voluntariado se seguirán impulsando y consolidando distintas formas de colaboración que permitan el apoyo y la participación del colectivo de voluntarios en las actividades y programas que la ONCE determine en cada momento, dentro del marco establecido en el acuerdo correspondiente.