Artículo #51
Decreto Legislativo 1/2025, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Decreto Legislativo 1/2025, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. > TÍTULO I > CAPÍTULO I > Artículo 51
Artículo 51. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de esta tasa las personas titulares de las concesiones y de las autorizaciones administrativas, o, en su caso, quienes se subroguen en el lugar de los anteriores.