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Artículo #46

Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.

Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono. > TÍTULO I > CAPÍTULO V > Sección Q > Artículo 46

Artículo 46. Suministro de información por las autoridades portuarias.

Las autoridades portuarias de Cataluña deben remitir a la Agencia Tributaria de Cataluña durante el primer trimestre del año la relación de embarcaciones de crucero turístico que han amarrado, en los términos del apartado 1 del artículo 26, durante el año anterior en el puerto del que tienen encargada la gestión.

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