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Artículo #49

Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.

Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears. > TÍTULO III > CAPÍTULO II > Artículo 49

Artículo 49. Patrimonio.

Los consorcios locales pueden tener bienes de dominio público o patrimoniales propios o adscritos por los miembros que integran el consorcio.

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