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Artículo #7 — Clasificación de los destinos según su forma de asignación

Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.

Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil. > CAPÍTULO I > Sección 2 > Artículo 7

Artículo 7. Clasificación de los destinos según su forma de asignación.

1. Según su forma de asignación, los destinos pueden ser:

a) De libre designación.

b) De concurso de méritos.

c) De provisión por antigüedad.

2. Según la situación administrativa del personal para el que están catalogados, los destinos pueden ser:

a) Para personal en situación de servicio activo.

b) Para personal en situación de reserva.

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