Artículo #3
Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».
Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo». > CAPÍTULO I > Artículo 3
Artículo 3. Potestades administrativas.
1. De acuerdo con la legislación aplicable y este Estatuto, corresponde a la AECID el ejercicio de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de su objeto, fines y funciones, salvo la potestad expropiatoria.
2. En el ejercicio de su potestad de autoorganización, la AECID podrá dictar normas de funcionamiento interno.