Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española".
Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española". > CAPÍTULO I > Sección 5 > Artículo 21
Artículo 21. La Dirección de Usuarios, Servicios y Aplicaciones.
1. La Dirección de Usuarios, Servicios y Aplicaciones es la responsable del fomento y desarrollo de las aplicaciones espaciales para usuarios públicos y privados y del desarrollo del sector downstream de la industria espacial, cuya persona titular será nombrada por el Consejo Rector, a propuesta y de común acuerdo entre la Dirección de la Agencia y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y en consenso con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Sus funciones son:
a) El análisis, promoción, fomento y desarrollo de tecnologías emergentes que lleven a nuevas aplicaciones, como STM, pequeños lanzadores, servicios orbitales, turismo espacial o minería espacial, entre otros.
b) La coordinación con los usuarios gubernamentales y privados para fomentar el uso de aplicaciones espaciales en ambos dominios.
c) La adquisición de productos y servicios espaciales para el mejor desarrollo de su actividad en el marco de la legislación en materia de contratos del sector público. Dichos productos y servicios podrán ser objeto de licencia, a efectos de permitir a los distintos departamentos, organismos y entidades representadas en la Agencia su uso.
d) La coordinación con los grupos de usuarios y el sector industrial para recoger los intereses de todos los actores del sector.
e) La recopilación de los requisitos de usuario del sector público y privado para futuras aplicaciones espaciales.
f) Elaborar la contribución de esta dirección para la Estrategia Espacial Nacional, el Programa Nacional del Espacio y otros planes y programas que se deriven de la Estrategia Espacial Nacional, en lo relativo a programas de aplicaciones.
g) Elaborar la contribución de esta dirección para los Planes de Actuación de la Agencia.
h) Fomentar el uso dual del espacio, mediante programas en diferentes ámbitos como la observación y las comunicaciones, entre otros.
i) Facilitar el uso de servicios satelitales, por entidades públicas y privadas, mediante el desarrollo de aplicaciones en diferentes ámbitos como la navegación o la explotación datos entre otros.
j) Facilitar los lanzamientos de las misiones nacionales mediante soluciones efectivas en coste.
k) Gestionar las actividades operacionales de las misiones nacionales propias o por encargo de terceras partes.
2. La Dirección de Usuarios, Servicios y Aplicaciones dará apoyo, en los temas de su competencia, al resto de direcciones de la Agencia y a su Dirección.