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Artículo #20

Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».

Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo». > CAPÍTULO I > Sección 4 > Artículo 20

Artículo 20. Dirección de Alianzas para el Desarrollo Sostenible e Innovación.

1. La Dirección de Alianzas para el Desarrollo Sostenible e Innovación ejercerá las siguientes funciones:

a) Promover, facilitar y gestionar alianzas para el desarrollo sostenible entre la AECID y otros actores de cooperación, incluidos comunidades autónomas y entidades locales, ONGD y otros actores de la sociedad civil, sindicatos, universidades, centros de investigación y entidades del sector privado.

b) Apoyar la participación de la AECID en los órganos de coordinación y consulta de la cooperación española previstos en la Ley 1/2023, de 20 de febrero, y dar seguimiento a los marcos de relación que se establezcan por parte de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional en el ámbito de las competencias de la AECID, contribuyendo al diálogo con la sociedad civil y el resto de actores.

c) Facilitar, apoyar y realizar el seguimiento de las actividades de las ONGD, incluyendo la financiación de intervenciones, mediante convocatorias de concurrencia competitiva y otros instrumentos, de cooperación para el desarrollo sostenible con las ONGD, y, en su caso, con otros actores, de acuerdo con las prioridades que establezcan el Plan Director y los documentos de planificación regional y bilateral, y bajo los principios de coherencia de políticas y eficacia de la ayuda.

d) Fomentar el papel de la sociedad civil mediante la promoción del diálogo entre la AECID y dicha sociedad civil y la generación de alianzas entre la AECID y las ONGD, con el objetivo de procurar el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible en los países socios. Estas alianzas podrán también ser articuladas localmente para actuaciones conjuntas entre las Oficinas de la cooperación española y las ONGD que trabajen en ese ámbito concreto.

e) Organizar y gestionar los sistemas y procesos de registro y calificación de las ONGD.

f) Organizar y gestionar los sistemas de aseguramiento de las personas cooperantes, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente sobre la materia.

g) Organizar y gestionar el registro del voluntariado de larga duración, de la acreditación de las ONGD que trabajan con voluntariado y de los mecanismos de apoyo a este colectivo, de acuerdo con lo establecido por el artículo 45 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero.

h) Impulsar y ejecutar actuaciones en el ámbito de la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global correspondientes a la AECID, incluido el fomento de dichas actividades y la elaboración de estrategias temáticas sobre la materia, sin perjuicio de las competencias de otras unidades de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.

i) Promover la innovación en el ámbito de la actividad de cooperación de la AECID, a través de la aprobación y financiación, mediante convocatorias de concurrencia competitiva y otros instrumentos, de intervenciones de cooperación para el desarrollo sostenible y la generación de alianzas multiactor y multinivel, de acuerdo con las prioridades que establezcan el Plan Director y los documentos de planificación regional y bilateral, y bajo los principios de coherencia de políticas y eficacia de la ayuda.

j) Promover el establecimiento de acuerdos operativos y marcos de actuación con otros actores de la cooperación española dirigidos al diseño y ejecución conjunta o complementaria de proyectos y programas de cooperación, tales como asociaciones público-privadas para el desarrollo o proyectos y programas de cooperación universitaria.

k) Llevar a cabo las funciones de la AECID en materia de cooperación universitaria y científica para el desarrollo sostenible, incluyendo la Identificación y propuesta de alianzas para el desarrollo sostenible con universidades y centros de investigación, tanto para actuaciones de cooperación para el desarrollo sostenible como para promover el desarrollo científico y tecnológico y la investigación aplicada para el desarrollo sostenible global, la innovación en modelos y prácticas de cooperación, y la generación y transferencia de conocimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 39.

l) Apoyar a los actores de cooperación descentralizada en materia de información, programación e implementación de sus programas y proyectos, en colaboración con las OCE.

m) Realizar un adecuado seguimiento y, en su caso, evaluación de sus actuaciones de cooperación, de acuerdo con los lineamientos de, y en coordinación con, la Subdirección de Estrategia, Seguimiento y Calidad de la AECID y la Oficina de Evaluación de la Cooperación Española.

n) Representar a la AECID en reuniones, foros e instituciones nacionales e internacionales relacionados con las materias y funciones de su competencia.

ñ) Prestar apoyo y colaboración a los actores de otros departamentos ministeriales y a otras administraciones públicas y organismos dependientes de las comunidades autónomas y entidades locales, en materia de información, programación e implementación de sus programas y proyectos de cooperación.

o) Aplicar en su ámbito de actuación, aquellas medidas que se determinen con carácter general para toda la organización relativas la promoción de la gestión del conocimiento, innovación, calidad y mejora organizativa.

p) Realizar la gestión económica y presupuestaria de las actuaciones financiadas con su presupuesto, en estrecha colaboración con la Secretaría General.

2. Las Subdirecciones dependientes de la Dirección de Alianzas para el Desarrollo Sostenible e Innovación tendrán las siguientes funciones:

a) La Subdirección de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y Sociedad Civil, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras c) a g) del apartado anterior.

b) La Subdirección de Alianzas, Innovación y Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras h) a l) del apartado anterior.

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