Artículo #61
Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón.
Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. > TÍTULO III > Artículo 61
Artículo 61. Disposiciones generales.
1. La Comunidad Autónoma de Aragón crea y organiza su Administración propia conforme a la ley.
2. La Administración aragonesa ostenta la condición de Administración ordinaria en el ejercicio de sus competencias.