Artículo #11
Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía.
Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía. > TÍTULO II > Artículo 11
Artículo 11. Planes de vivienda y suelo.
1. La Administración de la Junta de Andalucía y los ayuntamientos elaborarán sus correspondientes planes de vivienda y suelo, conforme a lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones que la desarrollen.
2. En la elaboración de los citados planes se fomentará la participación de los agentes económicos y sociales más representativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
3. Asimismo, se fomentará la colaboración con las asociaciones profesionales, vecinales, de los consumidores y de demandantes de vivienda protegida.