All laws
Disposición #transitoria_cuarta

Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal.

Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal. > CAPÍTULO I > Sección 2 > Disposición transitoria_cuarta

Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de la prestación de asistencia jurídica en virtud de Convenio.

En tanto por el Abogado o Abogada General del Estado no se haga uso de las competencias que le atribuyen los apartados 1 y 2 del artículo 34 del presente real decreto, la prestación de asistencia jurídica a entidades públicas en virtud de convenio, seguirá desarrollándose por los Abogados o Abogadas del Estado designados como Coordinadores de cada convenio, en los mismos términos que en la actualidad.

Subscribe to our newsletter

Get weekly insights on data, automation, and AI.

© 2026 Datons. All rights reserved.