Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. > TÍTULO IV > Disposición final_segunda
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.
Se da nueva redacción a la letra d), del apartado 2 del artículo 93 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, que queda como sigue:
«2. Para el cumplimiento de su objeto, las cooperativas agrarias podrán desarrollar, entre otras, las siguientes actividades:
d) Cualesquiera otras actividades que sean necesarias o convenientes o que faciliten el mejoramiento económico, técnico, laboral o ecológico de la cooperativa o de las explotaciones de los socios, entre otras, la prestación de servicios por la cooperativa y con su propio personal que consista en la realización de labores agrarias u otras análogas en la mencionadas explotaciones y a favor de los socios de la misma.»