Artículo #67
Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. > TÍTULO II > CAPÍTULO II > Artículo 67
Artículo 67. Seguridad y competencias en materia penitenciaria.
1. Corresponden a la Comunidad Autónoma competencias de ejecución en materia de seguridad ciudadana y orden público en los términos que establezca la legislación del Estado.
2. Corresponden a la Comunidad Autónoma competencias ejecutivas en materia de seguridad privada cuando así lo establezca la legislación del Estado.
3. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia ejecutiva en materia penitenciaria.