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Convenios.-Resoluci�n de 8 de julio de 2026, de la Secretar�a General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejer�a de Econom�a, Empleo y Transformaci�n Digital de la Junta de Extremadura y Excmo. Ayuntamiento de M�rida, para la gesti�n conjunta del punto de acompa�amiento empresarial de M�rida durante el per�odo 2026-2027.

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seccion III. OTRAS RESOLUCIONESdepartamento junta de extremadura
Section #primero El Estatuto de Autonom�a de Extremadura, en redacci�n dada por la Ley Org�nica 1/2011, de 28 de enero, en su art�culo 9.7 atribuye a la Comunidad Aut�noma la competencia exclusiva en fomento del desarrollo econ�mico y social de la Comunidad Aut�noma dentro de los objetivos de la pol�tica econ�mica nacional . A la Consejer�a de Econom�a, Empleo y Transformaci�n Digital de acuerdo con el Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominaci�n, n�mero y las competencias de las Consejer�as y se crean las Vicepresidencias que conforman la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma , le corresponde ejercer las competencias en materia de planificaci�n y coordinaci�n econ�mica y estad�stica, comercio e inversiones y la pol�tica empresarial, promoci�n de la empresa y apoyo al emprendedor; as� como las competencias en materia de trabajo y pol�ticas de empleo, las de sociedad de la informaci�n y telecomunicaciones. Asimismo, ejercer� las de pol�tica tecnol�gica de car�cter corporativo, administraci�n electr�nica y atenci�n y participaci�n ciudadana . Y, en concreto, a la extinta Direcci�n General de Empresa, actual Secretar�a General de Econom�a, Empresa y Comercio, conforme al Decreto 18/2026, de 30 de abril, modificado por el Decreto 89/2026 de 12 de mayo, le corresponde la gesti�n de las competencias en materia de pol�tica empresarial, promoci�n, fomento y modernizaci�n de la empresa, apoyo y fomento de la actividad de aut�nomos y emprendedores, proyectos empresariales de inter�s auton�mico (PREMIA) y atracci�n de inversiones . Segundo. Por su parte, el Ayuntamiento de M�rida, dentro del �mbito de sus competencias que el art�culo 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del R�gimen Local atribuye a los municipios para la gesti�n de sus intereses puede promover actividades y prestar los servicios p�blicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los t�rminos previstos en este art�culo . A este respecto el art�culo 57.1 citada Ley 7/1985, de 2 abril prev� la cooperaci�n econ�mica, t�cnica y administrativa entre la Administraci�n local y las Administraciones del Estado y de las Comunidades Aut�nomas, tanto en servicios locales como en asuntos de inter�s com�n, se desarrollar� con car�cter voluntario, bajo las formas y en los t�rminos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o los convenios administrativos que suscriban . Tercero. Que, entre las actuaciones a desarrollar por la citada Consejer�a, a trav�s de su Secretar�a General de Econom�a, Empresa y Comercio, se encuentra la gesti�n de una Red de Puntos de Acompa�amiento Empresarial, que se configura en una serie de espacios f�sicos situados en emplazamientos estrat�gicos de la regi�n, como la ciudad de M�rida, desde los que se ofrecen recursos de informaci�n, formaci�n, tramitaci�n y asesoramiento empresarial dirigidos tanto a fomentar la cultura emprendedora en la regi�n como a facilitar y acelerar la creaci�n de empresas y a la consolidaci�n y crecimiento de las mismas. Desde su puesta en marcha, en el a�o 2012, la Red PAE, ha atendido a m�s de 80.000 personas, las cuales han recibido m�s de 206.000 servicios, destacando todo lo relativo al proceso de creaci�n de una empresa a trav�s de un procedimiento �gil y simplificado, minimizando los desplazamientos de los emprendedores a distintos organismos, lo que ha posibilitado la creaci�n en estos a�os 9.859 nuevas empresas. En lo que respecta al Punto de Acompa�amiento Empresarial ubicado en la ciudad de M�rida, desde su puesta en marcha en 2012, se han atendido m�s de 8.000 personas, habi�ndose realizado m�s de 26.000 asesoramientos, lo cual ha supuesto la creaci�n de 1.628 empresas. Los resultados tan positivos alcanzados desde este Punto de Acompa�amiento Empresarial determinan la necesidad y conveniencia de seguir facilitando la puesta en disposici�n de este recurso en favor de los emprendedores y las empresas de esta localidad. Cuarto. Que el Excmo. Ayuntamiento de M�rida gestiona actualmente un centro ubicado en M�rida, de titularidad municipal, denominado Centro Empresarial y Nuevas Tecnolog�as de M�rida, desde el que se vienen desarrollando actuaciones orientadas a ofrecer informaci�n y asesoramiento empresarial y acelerar la creaci�n y constituci�n de empresas. Que el Punto de Acompa�amiento Empresarial estar� ubicado en dicho Centro, dado que cuenta con la infraestructura necesaria para dar apoyo a la actividad empresarial, estando dotado de los equipamientos necesarios para la asistencia y apoyo de nuevas iniciativas empresariales. Quinto. Que los servicios a ofrecer desde el Punto de Acompa�amiento Empresarial de M�rida van destinados a todas aquellas personas emprendedoras o empresarias que operan desde nuestra regi�n, independientemente de sus necesidades y del momento de desarrollo en el que se encuentren con su empresa, que pueden encontrar en su propio proyecto empresarial una oportunidad para el autoempleo. Las l�neas prioritarias de trabajo son el fomento para la constituci�n de empresas y la integraci�n de la innovaci�n en las mismas, la simplificaci�n de los tr�mites administrativos, el asesoramiento y acompa�amiento a las empresas para favorecer su crecimiento y consolidaci�n, as� como la internacionalizaci�n y b�squeda de nuevos mercados y el acceso a la financiaci�n. Sexto. Que los objetivos y alcance de las actuaciones realizadas por ambas entidades presentan grandes complementariedades, de manera que, al establecerse un adecuado marco de colaboraci�n se incrementan, sin duda, los resultados a alcanzar, al llegar a un mayor volumen de usuarios, posibilitando el desarrollo de un mayor nivel de actividades y en definitiva, potenciando las sinergias que puedan existir entre tales iniciativas. S�ptimo. De acuerdo con todo ello, las partes intervinientes consideran materializar su colaboraci�n mediante la firma de un convenio que permita la gesti�n conjunta del Punto de Acompa�amiento Empresarial de M�rida durante el periodo 2026 y 2027. En base a lo anteriormente expuesto, las partes intervinientes acuerdan la celebraci�n del presente convenio con arreglo a las siguientes:

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