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Resolución de 10 de mayo de 2026, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica el Convenio con AENA, S.M.E., SA, para la asunción por AENA, de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la ejecución de las actuaciones materiales inherentes al uso, mantenimiento, conservación, funcionamiento, gestión y explotación, de los bienes de dominio público marítimo-terrestre otorgados al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible mediante reserva acordada en Consejo de Ministros, con destino a los aeropuertos de interés general de la red de AENA, S.M.E., SA.
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Annex #UNICO Section #primero En virtud de lo dispuesto en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible es titular de determinadas reservas de dominio público marítimo-terrestre aprobadas por Acuerdos del Consejo de Ministros, con destino a los aeropuertos de interés general gestionados por Aena S.M.E., SA (en adelante, Aena), de entre los incluidos en el anexo del Real Decreto 1150/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre, sobre calificación de aeropuertos civiles. Segundo. La ejecución material de las obligaciones derivadas del uso, mantenimiento, conservación, funcionamiento, gestión y explotación de las reservas de los bienes de dominio público marítimo-terrestre otorgadas al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible deben ser realizadas por Aena, en su calidad de propietaria de los aeropuertos de interés general de su red, y gestora y explotadora de los servicios aeroportuarios que se realizan en el mismo, tal y como se desprende de los artículos 7.2 y 9 del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo. Tercero. Con fecha 21 de enero de 2021, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y Aena suscribieron un convenio para la asunción por parte de Aena de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la ejecución de las actuaciones materiales inherentes al uso, mantenimiento, conservación, funcionamiento, gestión y explotación, de los bienes de dominio público marítimo-terrestre otorgados al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible mediante reserva acordada en Consejo de Ministros, con destino a los aeropuertos de interés general de la red de Aena. Dicho convenio se inscribió el 22 de enero de 2021 en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público, y se publicó mediante Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de Aviación Civil, en el «Boletín Oficial del Estado» de 18 de febrero de 2021, número 42. El referido convenio contemplaba, en su cláusula séptima, un plazo de duración inicial de cuatro años. Cuarto. El 25 de enero de 2022, el Consejo de Ministros aprobó Acuerdo por el que se declaró la reserva de 1.642.569 m 2 de dominio público marítimo-terrestre, con destino al Aeropuerto Seve Ballesteros-Santander. Posteriormente, el Consejo de Ministros aprobó el 25 de octubre de 2022 el Acuerdo por el que se declaró la reserva de 201.575 m 2 de bienes de dominio público marítimo-terrestre, con destino al Aeropuerto de San Sebastián. La duración de esas reservas se vincula al tiempo necesario para el cumplimiento de sus fines, es decir mientras los terrenos se encuentren incluidos en la zona de servicio del respectivo Plan Director del Aeropuerto, y con un plazo máximo de treinta años, según establece la Ley de Costas. Quinto. Que, finalizada la duración del convenio citado en el exponendo tercero, y continuando vigentes las reservas de dominio público marítimo-terrestres señaladas, subsiste la necesidad de la colaboración entre ambas partes en los mismos términos que dieron lugar al mismo. Por todo lo expuesto, ambas partes deciden suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
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