🇪🇸 Spanish legislation

Viviendas. Ayudas.-Resoluci�n de 28 de mayo de 2026, de la Secretar�a General, por la que se modifica la Resoluci�n de 28 de diciembre de 2021, de la Secretar�a General, por la que se establece la convocatoria de determinados programas de subvenciones en materia de rehabilitaci�n residencial y vivienda social del Plan de Recuperaci�n, Transformaci�n y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.

R.D.
🇪🇸 BOE 1 articles BOE
seccion III. OTRAS RESOLUCIONESdepartamento junta de extremadura
Section #primero Modificar el p�rrafo tercero del apartado 7. 1� del resuelvo decimosexto de la Resoluci�n de 28 de diciembre de 2021, de la Secretar�a General, por la que se establece la convocatoria de determinados programas de subvenciones en materia de rehabilitaci�n residencial y vivienda social del Plan de Recuperaci�n, Transformaci�n y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, quedando redactado del siguiente modo: Como norma general, ya que los plazos de ejecuci�n deben estar alineados con los objetivos CID marcados por el PRTR, la ejecuci�n de las actuaciones tiene que finalizar antes del 30 de junio de 2026. No obstante, de manera excepcional, podr� autorizarse la pr�rroga en el plazo de ejecuci�n de las actuaciones, previa solicitud por parte de los destinatarios �ltimos de las ayudas o de los gestores de la rehabilitaci�n. Las solicitudes de pr�rroga deber�n incluir las causas debidamente justificadas que motivan la imposibilidad de ejecuci�n de las actuaciones con anterioridad al 30 de junio de 2026. En todo caso, los plazos de ejecuci�n, incluidas las posibles pr�rrogas, no podr�n exceder de los establecidos en los p�rrafos primero y segundo de este apartado, no pudiendo exceder esta fecha l�mite para la finalizaci�n de las obras del 30 de junio de 2028 . Segundo. La presente resoluci�n producir� efectos desde el d�a siguiente al de su publicaci�n en el Diario Oficial de Extremadura. Contra la presente resoluci�n, que no pone fin a la v�a administrativa, podr� interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, en el plazo de un mes, a contar desde el d�a siguiente al de su publicaci�n en el Diario Oficial de Extremadura, seg�n lo dispuesto en el art�culo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, y en los art�culos 121.1 y 122.1, en relaci�n con el art�culo 30.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com�n de las Administraciones P�blicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. M�rida, 28 de mayo de 2026

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