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Resolución de 23 de agosto de 2026, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Universidad de Extremadura.
Resoluciónseccion IIIdepartamento ministerio de la presidencia justicia y relaciones con las cortes
Section #primero Que la Abogacía General del Estado es el centro directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus organismos autónomos y a los órganos constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio. Segundo. Que la Universidad de Extremadura es una institución de derecho público que tiene por objeto el ejercicio del servicio público de la educación superior mediante el estudio, la docencia y la investigación; tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e independencia respecto de las Administraciones públicas. Tercero. Que la Universidad de Extremadura, de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 23 de agosto de 2024, con la Abogacía General del Estado. Cuarto. Que, al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica a la Universidad de Extremadura, ambas partes consideran conveniente la designación por el Abogado General del Estado de uno o más abogados del Estado en activo que actúen como coordinadores directos de la asistencia jurídica. Quinto. Que el texto del «convenio tipo» de asistencia jurídica ha sido informado por la Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia. Sexto. Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente convenio, de acuerdo con las siguientes Annex #UNICO
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